El Decreto Supremo N°44 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social entró en vigencia en febrero de 2025 y moderniza la normativa de seguridad y salud en el trabajo en Chile. Si eres dueño o gerente de una PYME, esta guía te explica qué debes saber y cómo implementarlo sin que paralice tu operación.
¿Qué es el D.S. N°44?
Es el reglamento que regula los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en empresas chilenas. Reemplaza y moderniza las exigencias del antiguo D.S. N°40, incorporando un enfoque basado en riesgos y mejora continua, alineado con la norma ISO 45001.
📌 En resumen: toda empresa con trabajadores debe contar con un SG-SST documentado, operativo y auditado. No es opcional.
¿A quién aplica?
A todas las empresas con trabajadores dependientes en Chile, sin importar el tamaño. Sin embargo, los requisitos se gradúan según el número de trabajadores:
- Menos de 10 trabajadores: requisitos básicos simplificados.
- 10 a 49 trabajadores: sistema básico con documentación y comité paritario cuando corresponda.
- 50 o más trabajadores: sistema completo con política, objetivos, evaluación de riesgos y auditoría interna.
¿Cuáles son los plazos?
El decreto entró en vigor el 1 de febrero de 2025. Las empresas deben tener implementado su SG-SST a la brevedad posible. La Dirección del Trabajo ya está realizando fiscalizaciones activas.
¿Qué elementos exige?
- Política de SST — declaración de compromiso de la empresa.
- Identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPER) — Matriz IPER actualizada.
- Objetivos y programa anual de SST — metas medibles.
- Procedimientos operativos — instrucciones para tareas de alto riesgo.
- Capacitación y comunicación — registros de formación a los trabajadores.
- Investigación de accidentes e incidentes.
- Auditoría interna y revisión por la dirección.
¿Cómo implementarlo sin paralizar la operación?
El error más común es intentar implementarlo todo de golpe. FIAC recomienda un enfoque en 3 fases:
Fase 1 — Diagnóstico (semanas 1-2)
Evaluar el estado actual de la empresa versus los requisitos del decreto. Identificar brechas y prioridades.
Fase 2 — Documentación (semanas 3-6)
Elaborar o actualizar los documentos clave: política, matriz IPER, programa anual, procedimientos críticos.
Fase 3 — Implementación y capacitación (semanas 7-12)
Socializar el sistema con los trabajadores, realizar los registros exigidos y dejar todo auditado.
✅ Con acompañamiento profesional, una PYME puede tener su SG-SST operativo en 6 a 8 semanas sin interrumpir su operación normal.
¿Qué pasa si no cumplo?
La Dirección del Trabajo puede aplicar multas que van desde 1 a 150 UTM por incumplimientos de normas de seguridad. Además, en caso de accidente, la empresa puede enfrentar responsabilidad civil y penal si no acredita haber tomado medidas preventivas.
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